Cada 3 años, los propietarios deben realizar una valoración del impuesto sobre viviendas de lujo con el propósito de determinar si su casa, unidad de condominio o apartamento en Costa Rica está sujeto o no al impuesto solidario.

Las tasas impositivas comienzan con 0.25% y terminan en 0.55% del valor de la vivienda, determinado por la valoración de la vivienda realizada específicamente para el impuesto solidario.

En los últimos dos años (2020-2021) el umbral mínimo fiscal que determina si se le aplica o no el impuesto ha sido de CRC 133.000.000,00 (aproximadamente US $ 214.500).

Aunque, de acuerdo con la ley existente, todos los propietarios deben realizar las evaluaciones cada tres años, no todos los propietarios deben presentar una declaración de impuestos o pagar el impuesto. En cualquier caso, debe tener en cuenta los siguientes escenarios bajo los cuales definitivamente debe proceder con la evaluación:

a) Los propietarios de viviendas que actualmente están pagando el impuesto definitivamente deben realizar una nueva valoración para determinar si la vivienda permanece sujeta al impuesto durante los próximos 3 años o si hay algún cambio;

b) Los propietarios que compraron casas nuevas durante el período 2019-2021 deben realizar la evaluación para determinar si la casa está sujeta o no al impuesto durante los próximos tres años;

c) Los propietarios de unidades de condominio con un área de más de 120 metros cuadrados deben al menos comunicarse con el administrador del condominio para determinar si existe una decisión sobre abordar la valoración como grupo y, de no ser así, considerar realizar su propia evaluación.

Tenga en cuenta que el impuesto sobre viviendas de lujo debe pagarse antes del 15 de enero de 2022. Además, tenga en cuenta que la declaración del impuesto sobre viviendas de lujo de 2022 debe completarse y presentarse en esa fecha o antes. Para que se presente la declaración de impuestos, es necesario realizar la valoración.

La nueva declaración y la tasación de su propiedad solo tiene una vigencia de 3 años, según el artículo 7 de la Ley Nº 8683.

La Administración Tributaria no ha publicado los nuevos parámetros de valoración requeridos para calcular este impuesto; deben hacerlo dentro de los 45 días anteriores al final del año. Si los nuevos parámetros no se publican de acuerdo con las fechas establecidas anteriormente, se aplicarán los valores y montos del año anterior.

Si considera que su vivienda no está sujeta a este impuesto debido a su nuevo valor de tasación, se verá obligado a solicitar un proceso separado para darse de baja como contribuyente de este impuesto.

Importante: La nueva valoración podría realizarse en base a valoraciones anteriores. Es posible utilizar la información contenida en valoraciones anteriores para realizar la nueva, siempre que todos los valores requeridos estuvieran incluidos en la valoración anterior.

La tasación de la propiedad debe ser enviada o confirmada a Cordero & Cordero Abogados antes del 13 de diciembre de 2021. Todos los montos deben ser recibidos antes del 7 de enero de 2022 para permitirnos pagar y evitar contratiempos con la burocracia de la Administración Tributaria y su capacidad de trámite de todos los pagos.

No dude en comunicarse con nosotros si necesita más información sobre este tema o si desea contratar nuestros servicios para ayudarlo con la declaración de impuestos sobre viviendas de lujo de 2022.

Nota: El propósito de la presente publicación es brindar información general sobre las actualizaciones de las regulaciones de inmuebles en Costa Rica y no pretende ser una asesoría legal como tal. En caso de requerir información más específica sobre estos temas, favor contactar a Cordero & Cordero Abogados al email info@corderoabogados.com.

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